Resolución Rectoral 0722 del 26 de octubre de 2022

Por la cual se constituye un grupo de trabajo y se establecen los incentivos para sus integrantes.

Resolución Rectoral 0430 del 13 de junio de 2019

Por medio de la cual se actualiza y reglamenta el Sistema Institucional de Control Interno, se crea el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno y se derogan varias Resoluciones Rectorales.

Código de Ética Auditor del Politécnico Colombiano Jaime Isaza Cadavid

En este documento se representa los valores, deberes, principios y conducta que debe aplicar el auditor en los roles de control interno de la institución y permite dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 648 de 2017 como instrumento para la actividad de la auditoría interna, el cual tendrá como bases fundamentales, la integridad, objetividad, confidencialidad, conflictos de interés y competencia de éste.

Entendido, como la interacción de elementos que permiten regular el desarrollo de las acciones y reacciones de un entorno, influenciado bajo principios y valores aportantes, con la finalidad de obtener resultados frente a la confiabilidad e integridad de la información, la eficiencia y eficacia en el logro de los objetivos, dando cumplimiento a las disposiciones normativas.

Estatuto anticorrupción y atención ciudadano

Entidades de control, tipo de control e información de contacto

Ministerio de Educación Nacional

Tipo de control: Inspecciones y cumplimiento de normas

Dirección: Calle 43 No. 57 - 14. CAN. Bogotá, Colombia. Código Postal 111321

Teléfono: (601) 22 22800 - Línea gratuita fuera de Bogotá: 018000 – 910122

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Contraloría General de la República

Tipo de control: Fiscal

Dirección: Carrera 69 No 44-35, Bogotá, Colombia

PBX: (+57) 601 518 7000

Línea de Denuncias para Ciudadanos: 01 8000 910060

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Procuraduría General de la Nación

Tipo de control: Disciplinario

Dirección: Carrera 5 # 15-80, Bogotá D.C., Colombia, Código postal: 11032

PBX: +57 1 587 8750

Línea gratuita nacional: 01 8000 940 808

Contáctenos o haga sus denuncias a través de la Sede Electrónica

Fiscalía General de la Nación

Tipo de control: Penal

Dirección: Nivel Central - Bogotá, D.C. Avenida Calle 24 No. 52 – 01 (Ciudad Salitre) 60 (1) 570 20 00

Línea nacional gratuita: 01 8000 9197 48

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Veedurías Ciudadanas

Tipo de control: Social

Contaduría General de la Nación

Tipo de control: Inspecciones y cumplimiento de normas

Entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Dirección: Calle 26 No 69 - 76, Edificio Elemento Torre 1 (Aire) - Piso 15, Bogotá D.C., Colombia

Teléfono Conmutador: +57(601) 492 64 00

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Contraloría General de Antioquia

Tipo de control: Fiscal

Dirección: Calle 42B 52-106 Piso 7. Centro Administrativo Departamental La Alpujarra. Nit: 811000372-7

Teléfono Conmutador: (60) (4) 383 8787 Ext 8775

Línea de atención gratuita: 01 8000 942 277

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Departamento Administrativo de la Función Pública

Tipo de control: Administrativo

Dirección: Carrera 6 # 12-62 Bogotá D.C.

PBX: (+57) 601 7395656

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Mecanismos internos de supervisión, notificación y vigilancia pertinente

  • Sistema de Control Interno Institucional y sus líneas de defensa
  • Mecanismo de Rendición de Cuentas
  • Comité de Gestión y Desempeño
  • Comité de Control Interno
  • Publicación de la información institucional en la web

El Modelo Estándar de Control Interno - MECI, es el sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por El Politécnico Colombiano Jaime Isaza Cadavid, mediante Resolución Rectoral Nro. 00257 de 2006, y actualizado mediante el decreto 1499 de 2017, para integrar el Sistema de Desarrollo Administrativo definido en la Ley 489 de 1998 (parcialmente derogada) y el Sistema de Gestión de la Calidad establecido en la Ley 872 de 2003 (derogada), en alineación con el Sistema de Control de Interno.

La actualización del Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano - MECI, se efectuó a través del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG.

Esta reglamentación, actualiza la estructura del MECI y lo articula con el MIPG, convirtiéndolo en la dimensión 7 de dicho modelo, por lo cual la nueva estructura se fundamenta en cinco componentes, así:

  • Ambiente de Control: tiene como propósito asegurar un ambiente de control que le permita a la entidad disponer de las condiciones mínimas para el ejercicio del control interno. Requiere del compromiso, el liderazgo y los lineamientos de la alta dirección y del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno.

  • Evaluación del riesgo: tiene como propósito identificar, evaluar y gestionar eventos potenciales, tanto internos como externos, que puedan afectar el logro de los objetivos institucionales.

  • Actividades de control: tiene como propósito permitir el control de los riesgos identificados y como mecanismo para apalancar el logro de los objetivos y forma parte integral de los procesos. Este componente se evidencia a través de políticas y procedimientos para administrar el riesgo.

  • Información y comunicación: Tiene como propósito utilizar la información de manera adecuada y comunicarla por los medios y en los tiempos oportunos. Este componente permite identificar, capturar y comunicar información pertinente para que los servidores puedan llevar a cabo sus responsabilidades.

  • Actividades de monitoreo: tiene como propósito desarrollar las actividades de supervisión continua (controles permanentes) en el día a día de las actividades, así como evaluaciones periódicas (autoevaluación, auditorías).

Esquema MECI 2017

Dimensiones del MIPG

Esquema MECI

Tomado del DAFP

Componentes del MECI

Tomado del DAFP

De acuerdo con la Ley 87 de 1993 el Sistema de Control Interno es aquel integrado por el esquema de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes, dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos.

Comité Institucional de Coordinación de Control Interno

Es un órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos del control interno, en las entidades que hacen parte del ámbito de aplicación de la Ley 87 de 1993.

Este comité reglamentado por el decreto 648 de 2017 regula la organización de las Oficinas de Control Interno, sus roles y actualiza lo relativo al Comité de Coordinación de Control Interno en las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional frente a las nuevas tendencias internacionales en materia de auditoría interna.

Integran el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno los siguientes funcionarios (Resolución Rectoral 430 del 13 de junio de 2019):

  • El Rector

  • Los Tres Vicerrectores

  • El Secretario General

  • El Jefe de la Oficina de Planeación

  • EL Director de Control Interno

Funciones del comité

  1. Evaluar el estado del Sistema de Control Interno de acuerdo con las características propias de cada organismo o entidad y aprobar las modificaciones, actualizaciones y acciones de fortalecimiento del sistema a partir de la normatividad vigente, los informes presentados por el jefe de control interno o quien haga sus veces, organismos de control y las recomendaciones del equipo MECI.

  2. Aprobar el Plan Anual de Auditoría de la entidad presentado por el jefe de control interno o quien haga sus veces, hacer sugerencias y seguimiento a las recomendaciones producto de la ejecución del plan de acuerdo con lo dispuesto en el estatuto de auditoría, basado en la priorización de los temas críticos según la gestión de riesgos de la administración.

  3. Aprobar el Estatuto de Auditoría Interna y el Código de Ética del auditor, así como verificar su cumplimiento.

  4. Revisar la información contenida en los estados financieros de la entidad y hacer las recomendaciones a que haya lugar.

  5. Servir de instancia para resolver las diferencias que surjan en desarrollo del ejercicio de auditoría interna.

  6. Conocer y resolver los conflictos de interés que afecten la independencia de la auditoría.

  7. Someter a aprobación del representante legal la política de administración del riesgo y hacer seguimiento, en especial a la prevención y detección de fraude y mala conducta.

  8. Las demás asignadas por el Representante Legal de la entidad.

Roles de la Dirección de Control Interno

Esta dirección desarrolla su labor a través de los siguientes roles:

  • Liderazgo estratégico.

  • Enfoque hacia la prevención (articula la asesoría y acompañamiento con el fomento de la cultura del control).

  • Evaluación de la gestión del riesgo.

  • Relación con entes externos de control.

  • Evaluación y seguimiento.