El Objetivo de la Vicerrectoría Administrativa es apoyar a la Rectoría en la administración y desarrollo de procesos en los ámbitos humanos, tecnológicos e informáticos, financieros y de servicios comprometidos con el mejoramiento continuo y transparencia.

Sus principales servicios son:

  • Organizar, coordinar y orientar la prestación de los diversos servicios administrativos requeridos para el buen funcionamiento de la Universidad.
  • Velar por la organización, dirección y control de las funciones de las distintas dependencias adscritas a la Vicerrectoría.
  • Realizar el suministro de bienes o prestación de servicios logísticos a los procesos misionales y administrativos de la Institución universitaria.
  • Contribuir a la formulación de las políticas generales sobre aspectos administrativos, financieros y de servicios de la Institución y velar por su correcta aplicación.
  • Crear formas para la proyección de los servidores públicos de la institución universitaria hacia la mejora de sus capacidades individuales y colectivas como aspecto clave para el desarrollo organizacional, la medición e intervención de variables que tengan incidencia en su desempeño laboral y gestionar el ciclo de vida laboral del servidor público, desde la determinación de las modalidades de vinculación y/o contratación laboral, su ingreso a la institución universitaria hasta su desvinculación.
  • Desarrollar, mantener y conservar la infraestructura física de la institución universitaria, en términos de la construcción, mantenimiento y administración de los espacios físicos y de infraestructura.
  • Realizar una adecuada administración y asignación de los recursos existentes y generar la información financiera requerida por entes de control y demás instancias gubernamentales que permitan una adecuada toma de decisiones para el desarrollo de los ejes misionales.
  • Realizar la administración de los programas de bienestar universitario a fin de administrar los planes de beneficios dispuestos para la comunidad educativa.

Las demás que le sean asignadas por el Rector en el ámbito de competencia de sus procesos y las que por normativa le sean aplicables.