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Circular de cierre fiscal 2020 2020 Contabilidad, Presupuesto y Tesorería

Con motivo del cierre de la vigencia 2020 y con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por la Institución, además de evitar inconvenientes en el pago de las mismas durante el mes de diciembre y de conformidad con el Artículo 14 del Estatuto de Rentas del Departamento de Antioquia (Ordenanza 29 de 2017), el cual reza: "Anualidad. El año fiscal comienza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre de cada año. Después del 31 de diciembre no podrán asumirse compromisos con cargo a las apropiaciones del año fiscal que se cierra en esa fecha y los saldos de apropiación no afectados por compromisos caducarán sin excepción", se deberá cumplir estrictamente con las siguientes disposiciones:

Circular Cierre Fiscal