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Elección de representantes al Consejo de Investigación del Sistema de CTI

Mediante resolución rectoral N° 201805000643, del 24 de septiembre de 2018, se convoca a la elección del representante de los directores de los grupos de investigación y el representante de los estudiantes vinculados a los grupos de investigación ante el Consejo de Investigación del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del Politécnico Colombiano Jaime Isaza Cadavid.

EL RECTOR

En uso de las atribuciones legales y estatutarias y en especial de las conferidas por los literales a) y y), del artículo 24 del Acuerdo 10 de 2008 (Estatuto General), el artículo 08 del Acuerdo N° 06 de 2017 y los artículos 44 y 51 del Acuerdo 01 de 2014, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 8 del Acuerdo Directivo No 06 del 9 de mayo de 2017, dispone que el Consejo de Investigación estará integrado, entre otros, por un director de los grupos de investigación y un representante de los estudiantes vinculado a uno de los grupos de investigación.

  2. Que la misma norma en los parágrafos 1 y 2 del artículo 8, establece las calidades, la forma de votación y el período de dicha representación.

  3. Que algunos representantes de los estamentos perdieron su calidad en virtud de la cual forman parte, razón por la cual se hace necesario convocar a los docentes, y a los estudiantes para que elijan estos representantes.

  4. Que corresponde al Rector, convocar a la elección de los representantes de los estamentos que integran el Consejo de Investigación del Sistema de Ciencia y Tecnología Institucional.

En consecuencia,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Convocar a la elección de los representantes ante el Consejo de Investigación del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación, así:

  • El representante de los directores de los grupos de investigación.

  • El representante de los estudiantes vinculados a los grupos de investigación.

ARTÍCULO SEGUNDO. Llevar a cabo dicha elección el día 22 de octubre de 2018 de 7:30 a las 16:00 horas.

ARTÍCULO TERCERO. Los representantes electos ejercerán sus funciones durante un período de dos (2) años contados a partir de su posesión.

ARTÍCULO CUARTO. Los docentes y estudiantes que aspiren a ser elegidos deberán cumplir con los siguientes requisitos, en su orden:

Docente: Ser director de uno de los grupos de investigación de la institución que haya obtenido categorización en la última convocatoria del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación. Lo eligen los docentes investigadores de la institución activos en CvLac (Artículo 8, parágrafo 1 del Acuerdo Directivo 06 del 09 de mayo de 2017).

Estudiante: Pertenecer a un grupo de investigación que haya obtenido categorización en la última convocatoria del sistema nacional de ciencia y tecnología. Lo eligen los estudiantes que participan en los grupos institucionales clasificados en el sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación; y los estudiantes pertenecientes a los semilleros registrados y activos en la institución (Artículo 8, parágrafo 2 del Acuerdo Directivo 06 del 09 de mayo de 2017).

ARTÍCULO QUINTO. Los aspirantes a ser elegidos se inscribirán ante la Dirección de Investigación y Posgrados, durante la jornada laboral, entre el 25 de septiembre y el 08 de octubre de 2018.

PARÁGRAFO. El Director de Investigación y Posgrados, elaborá al término del período de inscripción, un Acta en la que se consignarán los nombres de las personas inscritas, indicando el cumplimiento de los requisitos, por parte de los aspirantes; dicha Acta deberá publicarse a más tardar el día 11 de octubre de 2018, en los medios electrónicos de la Institución.

ARTICULO SEXTO. La elección se realizará por voto electrónico a través del correo electrónico institucional. Para votar, cada elector ingresará con su nombre de usuario y contraseña.

ARTÍCULO SÉPTIMO. Los escrutinios definitivos se realizarán en la Coordinación de Informática Corporativa el día 22 de octubre de 2018, a partir de las 16:00 horas. La Comisión Escrutadora estará integrada de la siguiente manera:

  • El Director de la Oficina de Control Interno o su delegado.

  • El Profesional Especializado de Informática Corporativa.

  • El Coordinador de Investigación.

ARTICULO OCTAVO. La Oficina Asesora Jurídica decidirá las impugnaciones e inconsistencias que se presenten sobre el proceso de votación y escrutinios, conforme a las normas electorales vigentes.

ARTÍCULO NOVENO. Los vacíos que por falta de regulación puntual se presenten en el proceso de elección, serán resueltos según la Ley Electoral Nacional.

ARTÍCULO DÉCIMO. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación y copia del mismo se remitirá al Vicerrector de Docencia e Investigación y a la Dirección de Investigación y Posgrados, se fijará copia en la página web de la institución.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Libardo Álvarez Lopera
Rector

Inscripciones

Resolución N° 201805000643, del 24 de septiembre de 2018.