Inscripciones hasta el 14 de septiembre

Se prorroga el proceso de elección de los Representantes de los Empleados para integrar el Comité de Convivencia Laboral para el período 2018 - 2020

Por medio de la cual se prorroga el proceso de elección de los Representantes de los Empleados para integrar el Comité de Convivencia Laboral para el período 2018 - 2020.

EL RECTOR,

En uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en cumplimiento de lo establecido en la Resolución 652 del 30 de abril de 2012 del Ministerio de Trabajo, Resolución Rectoral No 621 del 18 de septiembre de 2013, Acuerdo No 01 del 04 de marzo de 2014, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Resolución Rectoral No. 201805000512 del 17 de agosto de 2018, se convocó a elección de representante de empleados para integrar el Comité de Convivencia Laboral para el periodo 2018 - 2020.

  2. Que por medio del correo Institucional del 31 de agosto de 2018, la Dirección de Gestión Humana hizo público las planchas inscritas en el orden realizado. Allí mismo se manifestó que la plancha número dos (2), integrada por Juan Carlos Jaramillo y Fredy de Jesús Ibarra Londoño, presenta impedimento, según concepto del Comité de Convivencia Laboral.

  3. Que mediante comunicados 201801006268, 201801006269, 201801006270, 201801006272, 201801006273, 201801006274, 201801006275, 201801006277, 201802007740, 201802007741, 201802007763 y 201802007765, todos del 31 de agosto de 2018, Juan Carlos Jaramillo y Fredy de Jesús Ibarra Londoño presentan reclamación.

  4. Que mediante comunicaciones radicado 201801006401 y 201801006402 del 5 de septiembre de 2018, la Dirección de Gestión Humana responde la reclamación a los señores Fredy de Jesús Ibarra Londoño y Juan Carlos Jaramillo, respectivamente.

  5. Que producto de dicha reclamación, se retiran de la convocatoria las planchas No. 2 y No. 3, esta última integrada por Luis Eduardo Ochoa Ruiz y Gustavo León Ramírez Gallego, según como les fuera comunicado a ellos mediante comunicaciones radicado 201801006408 y 201801006406, ambas del 5 de septiembre de 2018 respectivamente, por haberse inscrito de manera extemporánea.

  6. Que en razón de lo antes expuesto, la convocatoria pasa a tener solo una plancha válida inscrita, sin alcanzar el número mínimo de las dos planchas.

  7. Que atendiendo a dicha circunstancia, se tiene previsto la prórroga del plazo de inscripción, por una única vez, debiendo procurarse que haya equilibrio y garantías para todos los empleados en la convocatoria y durante el proceso de elección.

  8. Que mediante comunicación radicado interno 201802006765 del 13 de agosto de 2018, el Ministerio del Trabajo concluye, que en caso de que no se pueda integrar el Comité por falta de postulación de los trabajadores, pese a los reiterados llamados y convocatorias públicas, y en virtud de la ya existencia de un Comité, este seguirá atendiendo las quejas de acoso laboral.

Por las anteriores razones y en mérito de lo antes expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Prorrogar los términos de la Convocatoria a elección de representante de empleados para integrar el Comité de Convivencia Laboral para el periodo 2018 – 2020, impartidos mediante Resolución Rectoral No. 201805000512 del 17 de agosto de 2018, en los términos que se detalla seguidamente:

Inscripciones
Del 10 de septiembre a las 8:00 horas y hasta el 14 de septiembre, a las 5:30 pm, durante la jornada laboral.

Publicación Inscripciones
El 18 de septiembre.

Reclamaciones
El 19 y el 20 de septiembre

Respuesta Reclamaciones
El 24 de septiembre

Votación Electrónica
El 1 de octubre

Publicación de resultados
El 2 de octubre

Parágrafo: En los demás aspectos se regirá por lo previsto en la Resolución Rectoral No. 201805000512 del 17 de agosto de 2018.

ARTÍCULO SEGUNDO: Hasta tanto se conforme el nuevo Comité de Convivencia Laboral, el anterior mantendrá las funciones que le corresponden por Ley.

ARTÍCULO TERCERO: Esta Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

LIBARDO ALVAREZ LOPERA
Rector

Proyectó: Carlos C.

Autorizó: Carlos O.

Resolución Restoral 0580 del 06 de septiembre de 2018